Contrato Formativo y de Aprendizaje: ¿cómo se benefician las empresas?
El contrato Formativo y de Aprendizaje, es un tipo de contrato al que solo pueden acceder aquellos jóvenes mayores de 16 años y menores de 25 que no cuenten con formación universitaria, ni profesional o títulos equivalentes.
Igualmente, el limite máximo de edad no será aplicable cuando el contrato formativo y de aprendizaje se concierte con personas con discapacidad ni con los colectivos en situación de exclusión social.
El objetivo de este contrato es facilitar la entrada de los mas jóvenes en el mundo laboral, a la vez que se forman de manera teórica y practica.
El primer año de trabajo efectivo no podrá superar el 75% de la jornada y por tanto la formación teórica será de un 25%, el segundo y tercer año será de 85% y 15% respectivamente.
¿Cuánto puede durar el contrato de formación y aprendizaje?
La duración de este tipo de contrato es mínima de 1 año y máxima de 3, igualmente si el convenio colectivo objeto del contrato lo dicte puede ser de duración 6 meses.
¿Cuánto se cobra?
En el contrato de formación y aprendizaje, la retribución del trabajador se fijará en función del tiempo de trabajo efectivo. La retribución se establecerá igualmente de acuerdo con lo establecido en el convenio colectivo y nunca podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Pero, ¿qué beneficios obtiene la empresa?
Al mismo tiempo que la empresa forma al trabajador, esta obtiene diferentes bonificaciones.
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Reducciones en la Seguridad Social
Las empresas tendrán derecho, durante toda la vigencia del contrato a una serie de reducciones en función del tamaño de la empresa. Si la empresa es menor de 250 trabajadores, la reducción de las cuotas empresariales será del 100%, y para empresas de más de 250 trabajadores reducciones del 75%.
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Ayudas (cuantía)
Por cada contrato en formación y aprendizaje a tiempo completos por los seis primeros meses del contrato sin perjuicio de la duración que para estos contratos establezca la normativa laboral de aplicación, el importe de la subvención será de 2940 €.
Este importe será de 3.440 € en el caso de que el joven cumpliendo los requisitos para formalizar este contrato hubiera sido despedido a partir de la declaración del estado de alarma, en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por causa de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, previstas en los artículos 51 y 52.c) del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015. Igualmente, este importe se incrementará en 500€ si la persona contratada es mujer o pertenezca al colectivo Trans. Estas ayudas son dependientes de cada comunidad autónoma.
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Financiación
El programa de formación será cofinanciado en un porcentaje máximo del 91,89% por el Fondo Social Europeo y la iniciativa de Empleo Juvenil.
Para más información puedes consultar la página de la Comunidad de Madrid donde se especifican detalladamente todas las ventajas y requisitos necesarios para establecer un contrato formativo y de aprendizaje.
Igualmente, en Tgestione podemos asesorarte en el análisis y confección de este tipo de contratos para que puedas beneficiarte tanto tú como la empresa en cuestión. No dudes en contactar con nosotros. ¡Llámanos¡
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