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Despido por absentismo laboral

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Despido por absentismo laboral

Despido por absentismo laboral. En las fechas de escribir el presente post, el consejo de ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que elimina lo contenido en el artículo 52 punto d. del Estatuto de los Trabajadores, el cual permitía despedir  a un trabajador por acumular bajas médicas justificadas.

Cabe decir, que ni antes de esta aprobación era tan sencillo llevar a cabo la medida de despido, ni que dicho despido fuera gratuito. No es cuestión ahora de reproducir el literal de lo dictaminado en el articulo 52.d ahora derogado, pero si es conveniente decir, que la sucesión de bajas y los periodos donde estas se tenían que dar, nos llevaban a supuestos de cumplimiento bastante complicados, pero no imposibles, dado que ya hemos visto casos de la extinción laboral por este método, aparte de los diversos pronunciamientos y decisiones judiciales en esta materia, donde nuestra jurisprudencia es rica, como siempre.

Debemos de tener en cuenta que el despido ahora derogado por estas causas, era un despido de carácter objetivo. Desde mi entorno y en otros muchos, de los que visitó, parecería que el despido por esta causa, era de carácter gratuito, nada más lejos de la realidad, ya que a dicho despido le corresponde una indemnización de 20 días por año trabajado con el límite máximo de 12 mensualidades.

Y es que, siempre o hasta la fecha se ha podido despedir a alguien estando de baja. No es lo mismo despedir estando de baja que por estar de baja o como es el caso despido por absentismo laboral. Cuando los condicionantes, justificación y motivos nada tienen que ver con la situación de IT del trabajador, se le puede despedir, eso sí, con el fundamento y sustentación suficiente y en su caso, pagando la cantidad indemnizatoria equivalente a la declaración del despido como improcedente.

Como todo en la vida, esta nueva medida, si es bien acogida, no se producen abusos por la desaparición de lo legislado anteriormente, será buena y nos debe de dar una seguridad jurídica para las personas, trabajadores y empresarios que no tienen otra cosa en mente que trabajar de forma correcta, ordenada y mirando por el interés propio (hay que decirlo) y el general de la sociedad.

Desde Tgestione. Servicios Asesoría Laboral | Madrid | Las Rozas

Carlos J Lázaro. Tgestione

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