fbpx

Prorroga de las ayudas a los autónomos

Contactar
ayudas autónomos

Prorroga de las ayudas a los autónomos

El gobierno ha aprobado la quinta prorroga para la extensión de las ayudas por cese de actividad de los autónomos. Gracias al acuerdo estimado entre las organizaciones representativas del colectivo y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones este colectivo estará cubierto por la prestación al menos hasta el mes de septiembre.

Las ayudas prestadas a los autónomos se clasifican ahora en cinco modalidades diferentes en función de la situación de cada autónomo.

A expensas de la publicación en el BOE del Real Decreto ley aprobada, desde el dia 1 de junio los autónomos que prevean bajadas en sus ingresos, que no cuenten con la facturación suficiente para aguantar los meses de verano o que sufran cierres decretados, podrán optar a las diferentes modalidades de prestación.

 

1ª modalidad hace referencia a la prestación extraordinaria por suspensión de actividad

Esta prestación dirigida a aquellos autónomos con una suspensión temporal de su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia Covid 19 se mantiene.

La cuantía de la prestación supone un 70% de la base mínima de cotización. El autónomo quedara exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social.

 

2ª modalidad hace referencia a la prestación compatible con la actividad

Esta prestación se mantiene para aquellos que, reuniendo el requisito de carencia para acceder a la prestación ordinaria de cese de actividad, cumplen dos exigencias adicionales:

  • Que su facturación del segundo y tercer trimestre 2021 caiga el 50%, frente al segundo y tercer trimestre de 2019;
  • No haber obtenido durante el segundo y tercer trimestre 2021 unos rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 7.980 euros

 

3ª modalidad hace referencia a la prestación extraordinaria

La cual informa de que aquellos autónomos que no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación ni al cese ordinario, podrán solicitar la prestación extraordinaria con los requisitos actuales. Los requisitos son:

  • Acreditar una caída de ingresos del 50% (los ingresos del segundo y tercer trimestre de 2021 deben ser inferiores a los del primer trimestre de 2020)
  • No tener unos rendimientos netos computables en esos seis meses de 2021 superiores a 6.650 euros

 

4ª modalidad hace referencia a la prestación para autónomos de temporada

Esta modalidad se mantiene adaptando el periodo de referencia que se amplía a siete meses, la prestación para autónomos de temporada, que es del 70% de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el segundo y tercer trimestre de 2021.

 

Y por último la modalidad cinco, la exoneración de cuotas

Se incluye la exoneración de cuotas de la seguridad social para todos aquellos trabajadores por cuenta propia que han estado protegidos en el periodo anterior durante los próximos cuatro meses.

Este sistema de cuotas será decreciente según se avance en los meses: en junio del 90%, en julio del 75%, en agosto del 50% y en septiembre del 25%.

 

En Tgestione, somos conscientes de los problemas de las empresas y autónomos, más aún con las consecuencias de la crisis por la pandemia. Es por ello, que nos esforzamos en dar los mejor para nuestros clientes, tanto en la gestión de ayudas y subvenciones, como en la gestión del día a día de sus negocios. Cercanía, Calidad, Confianza y Compromiso son nuestros Valores. Conócenos, no te arrepentirás. Llámanos

Carlos J Lázaro. Tgestione

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.